Introducción

Con este blog pretendo tener una herramienta con la que poder hacer algunos comentarios personales sobre el cuidado y mantenimiento de animales, proyectos de cría en cautividad, noticias e investigaciones zoológicas interesantes y en definitiva temas de fauna que me resulten interesantes.

En todo caso serán mis opiniones y si alguien se siente molesto con ellas... que deje de leer el blog, porque no pretendo crear polémicas ni las voy a aceptar.

Espero que sea de vuestro interés.

viernes, 29 de enero de 2021

La sentencia de la vergüenza: Y la pitón real no dejó de ser invasora

Todos los aficionados a los reptiles, y especialmente aquellos criadores más serios y veteranos en esta afición, sentimos vergüenza ajena en Marzo de 2019 cuando la entonces ministra y portavoz del Gobierno, Isabel Celáa,  se empezó a reír en una rueda de prensa al hablar del Real Decreto 216/2019, de 29 de marzo, por el que se aprueba la lista de especies exóticas invasoras preocupantes para la región ultraperiférica de las islas Canarias y por el que se modifica el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el catálogo español de especies exóticas invasoras que acababan de aprobar y según el cual tres especies de reptiles, y el cerdo vietnamita, entraron en el listado de especies exóticas invasoras. Sus risas al intentar decir los nombres de la pitón real (Python regius), el varano de sabana (Varanus exanthematicus) y la tortuga de la península de Florida (Pseudemys floridiana) contrastaban con nuestra estupefacción y enfado. ¿Cómo era posible que estas tres especies, de las que no existe una sola población introducida en nuestro país ni en ninguno de nuestro entorno, fueran declarados invasores? Según las noticias de aquél momento "el Gobierno detalla que su inclusión responde a un riesgo sanitario y para la biodiversidad" pero la respuesta era clara para todos los aficionados y cualquiera con ciertos conocimientos de biología: sencillamente no era creíble que fueran invasoras. ¿Dónde estaba el análisis de riesgos que debería apoyar esa inclusión en el listado? Pues resulta que no estaba disponible. De hecho, en enero de 2021, tras todo este tiempo, aún no hay en la web del MITECO un archivo en el que se indiquen los datos de esas tres especies, cuando existen fichas descriptivas en las que se explican los riesgos para todas las especies de la lista.


Siendo por tanto una inclusión en la que no se explica realmente la causa... ¿es realmente una especie invasora? Porque de hecho en el dictamen de un comité científico cuyo resultado se publicó en la consulta CC 13/2015 de título “Propuesta para la actualización del Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras. Consulta sobre la propuesta de inclusión de 15 nuevas especies de anfibios y reptiles en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras” es el propio Pleguezuelos, reputado herpetólogo de la AHE y uno de los firmantes de dicho trabajo, quien indica para esta especie:
En la península ibérica es poco probable que formara poblaciones naturalizadas”, aunque finalmente sí que recomienda su inclusión en el catálogo para las Islas Canarias “donde, en algunas zonas, podrían darse las condiciones adecuadas para su aclimatación y posterior naturalización, al haber aparecido algunos ejemplares escapados o liberados en parques y jardines”.

Dicho de otro modo, la inclusión de la especie en el listado pese a que en la consulta CC 13/2015 se especifica lo contrario es un indicio evidente de que no se estaba haciendo la recomendación desde un punto de vista meramente científico. Esto se hace aún más patente por el hecho de que las recomendaciones del propio Pleguezuelos para los otros dos reptiles incluidos en la lista siguen exactamente la misma línea: no son especies propensas a formar poblaciones naturalizadas en la Península Ibérica, y aún así se incluyeron también en el catálogo. 

  • Pseudemys floridiana (Juan M. Pleguezuelos, AHE): 
Por su distribución, es poco probable que forme poblaciones naturalizadas en España. Por su carácter de fitófaga, es poco peligrosa como especie invasora. No aparece en el gisd.
  • Varanus exanthematicus (Juan M. Pleguezuelos, AHE): 
Aunque se han encontrado muchos ejemplares libres en territorio español, es poco probable que llegara a reproducirse en la naturaleza (naturalización), por lo que no se propone como especie invasora. Es poco probable que una especie de la biomasa de este varano, pueda medrar en ambientes de la península ibérica; sin embargo, por proximidad geográfica y climática a su área natural de distribución, sí puede presentar riesgo de naturalización en las islas Canarias. No aparece en el gisd, pero sí otra especie del género. Se propone su inclusión en el catálogo.
Es decir, en vez de incluirlos como invasores solo para Canarias (que aún así habría que hacer un análisis de riesgos que no se hizo), los incluyeron para toda la Península Ibérica. ¿Por qué? Pues por política, es evidente que si no hay causas científicas, solo se debe a política. 

En estas circunstancias SO.HE.VA. presentó un recurso al Tribunal Supremo y, tras años de trabajo.... No ha servido de nada. 

Copio literalmente la información procedente del Facebook de SO.HE.VA.:
Por desgracia, el Tribunal Supremo nos ha desoído y ha fallado en contra de nuestras pretensiones de excluir a la pitón real, a la tortuga de la península y al varano de la sabana de la lista de especies invasoras, una acción sin más fundamento científico que unos paupérrimos análisis de riesgos. En esta entrada compartimos con vosotros el de la pitón real.  Dichos análisis están realizados usando una adaptación de un cuestionario de cribado previo a un análisis de riesgos sucinto, usado por la República de Irlanda que, según la bilbliografía, solo puede dar como resultado un listado de especies cuya condición de invasora debería evaluarse con el mucho más exhaustivo y avanzado protocolo NAPRA. Su aplicación requiere de medidas para evitar el sesgo de evaluador, con tres niveles: Revisión preliminar por parte de expertos individuales, revisión por grupo de expertos y finalmente una sesión de consenso entre varios grupos de expertos. Lejos de ello, el Ministerio de Transición Ecológica optó por usar el cuestionario de cribado, realizado por un experto apócrifo, al carecer de fecha y firma. Luego dicho cribado fue analizado por un grupo de expertos del ministerio, que optó por recomendar su inclusión en invasoras sin aplicar ningún otro protocolo, más allá de su opinión personal. En el mismo informe, que también podéis consultar en nuestra web, se recomendaba también incluir a otras especies en el listado de especies invasoras, como la matamata o la Claudius.
En el cribado de la pitón regius, hay puntuaciones que llaman la atención, como la asignada al considerarla una especie proveniente de un clima incierto  (puntuación de riesgo 1), cuando proviene en realidad de un clima tropical (0). Pero no contento con el resultado, el apócrifo evaluador sube artificialmente de riesgo medio a riesgo alto la categoría de riesgo, por “principio de precaución”, pervirtiendo la filosofía del método de cribado. La segunda parte del análisis, el NAPRA, nunca tuvo lugar.
Podéis ver la aplicación de los protocolos de evaluación de IAS para la isla de Irlanda en la actualidad en este enlace:
Por otro lado, la sentencia del Supremo no hace más que ratificar la actuación de la administración, en una sentencia que acatamos, como no puede ser de otra manera, pero que nos sorprende por legitimar un atropello sin precedentes a la ciencia en España. El proceso no estuvo exento de vicisitudes. La vista pericial se suspendió en dos ocasiones por la COVID-19, la magistrada ponente fue sustituida a última hora después de la vista y ni siquiera votó , y el letrado de Castilla León no se presentó a la misma. Aún así, presentó sus conclusiones. Podéis tambien ver un análisis de la sentencia en nuestra web.
Siento vergüenza del trato que se da a la ciencia tanto en la administración como judicialmente.
 
Un "comité científico" (anónimo, que curioso), pero que no diferencia un clima tropical y uno templado. Así nos va. No saben algo básico que se estudia en 1º de ESO (12 años, aclaro para los que no lo sepan) y claro, confundimos el clima de Cantabria, Andalucía, Castilla o Galicia, por poner unos pocos ejemplos, con el de los Everglades de Florida.... 

Y judicialmente es casi peor. Ni siquiera voy a entrar a valorar que uno de los abogados de parte no se presento (pero presentó conclusiones, ya me dirá alguien cómo sin estar en la vista) y la magistrada que ha dictado sentencia no era la que estuvo en la vista. Desconozco si eso es normal o no judicialmente, por lo que no me meto. Lo que me preocupa es el caso que hacen a los datos científicos: Ninguno. Se considera que los datos científicos aportados por SO.HE.VA. son "subjetivos" y los de la administración que no ha cumplido con los criterios técnicos mínimos, son correctos. 

Siento vergüenza y además me siento personalmente ofendido, ya que yo preparé uno de los informes preliminares para esto (con firma y fecha, no como el suyo) y con análisis exhaustivo, objetividad y bibliografía para aburrir. Informe que, tal y como se establece en este tipo de cosas, fue revisado y ampliado por otro científico, en concreto un experto de la Asociación Herpetológica Española y cuyos datos, qué sorpresa cuando se hace bien ciencia, coincidían con los míos.

Una muy buena opinión al respecto es, cómo no, la de Antonio Folch, cuyo vídeo os adjunto.


Tratamos así la ciencia y como consecuencia serán sacrificados animales que "legalmente" son invasores, pero que con los datos científicos en la mano, no lo son.

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